Mendoza reglamentó la ley de uso de cannabis medicinal
  
El Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes a través de la Resolución 2237/17 estableció un marco regulatorio para la investigación médica y científica como así también para la implementación, vigilancia y control del uso de preparados cannabinoides para pacientes con epilepsia refractaria.

Siguiendo lo expuesto en la ley Provincial 8992, la cartera sanitaria crea la Unidad de Vigilancia Tutelar, el protocolo de actuación clínico sobre el uso de productos cannabinoides, el consentimiento informado para que los pacientes estén de acuerdo con el tratamiento y se deja expresa constancia que el ente regulador de futuras investigaciones será la dirección de Investigación, Ciencia y Técnica.

Al respecto el subsecretario de Salud, Oscar Sagás, manifestó la importancia de contar con esta norma pensada y diseñada por especialistas destacados “La ley Provincial permite el uso de Cannabis para pacientes con epilepsia refractaria por eso era fundamental contar con una norma solida técnicamente pensada en el beneficio de los pacientes”.

“Profesionales de los hospitales Notti, Central, Shcestakow, Scaravelli y de la Obra social de Empleados Públicos serán los encargados de monitorear el uso del cannabis como también encontrar evidencia científica en los pacientes” afirmó Sagás.

También, el funcionario hizo hincapié en la fase experimental que hay en los productos cannabinoides resaltando que solo se podrá utilizar importando el producto: “Es fundamental expresar que esta prohibido el cultivo y venta de aceite de cannabis. Los productos, según establece la ley nacional, solo serán importados y con los lineamientos que establece el ANMAT”.
 
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