Recomendaciones de ANMAT para la compra de alcohol etílico medicinal 96° (etanol)
La ANMAT advierte a la población que ha detectado la venta de alcohol etílico en distintos comercios y portales de Internet, con diversas indicaciones como 'uso hospitalario', 'uso doméstico', 'uso alimenticio', 'uso industrial' y entre otras, 'desinfectante' en concentraciones al 95%, 96%, 97%, 98% que no cumplen con los estándares de calidad y pureza requeridos para su uso sobre la piel como antiséptico o como ingrediente de formulaciones cosméticas y de higiene personal que se destinan a la sanitización de las manos.
El único alcohol etílico (etanol) admisible para su aplicación sobre la piel, es aquel autorizado por la ANMAT según las especificaciones de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal. Este producto es incoloro y tiene su olor característico.
Las empresas elaboradoras y/o fraccionadoras de este tipo de alcoholes deben estar habilitadas ante esta autoridad sanitaria. En la página web de ANMAT se encuentra disponible el listado de alcoholeras habilitadas
Con respecto al envase, deberá estar herméticamente cerrado, poseer tapa inviolable y encontrarse correctamente rotulado. La etiqueta o rótulo del alcohol medicinal para venta al público debe contar con la siguiente información:
La utilización de cualquier tipo de alcohol etílico para uso medicinal que no se encuentre autorizado por esta Administración podría ocasionar un daño a la salud: al desconocer su origen (lugar y condiciones de elaboración), no puede asegurarse su calidad, seguridad y eficacia y en consecuencia, existe la posibilidad de que contenga sustancias que no logren el efecto deseado y a su vez sean tóxicas o de naturaleza desconocida.
Recomendaciones para la comunidad sobre el uso de alcohol medicinal 96°:
Para realizar consultas, comunicarse con ANMAT Responde vía responde@anmat.gov.ar
El único alcohol etílico (etanol) admisible para su aplicación sobre la piel, es aquel autorizado por la ANMAT según las especificaciones de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal. Este producto es incoloro y tiene su olor característico.
Las empresas elaboradoras y/o fraccionadoras de este tipo de alcoholes deben estar habilitadas ante esta autoridad sanitaria. En la página web de ANMAT se encuentra disponible el listado de alcoholeras habilitadas
Con respecto al envase, deberá estar herméticamente cerrado, poseer tapa inviolable y encontrarse correctamente rotulado. La etiqueta o rótulo del alcohol medicinal para venta al público debe contar con la siguiente información:
- Identificación del alcohol
- Graduación alcohólica: 96°
- Contenido neto
- La leyenda: FNA (Farmacopea Nacional Argentina)
- Identificación de habilitación la empresa fraccionadora: Nº de legajo / N° de Disposición de habilitación (nombre, domicilio)
- Nombre del Director Técnico
- Lote y fecha de vencimiento
La utilización de cualquier tipo de alcohol etílico para uso medicinal que no se encuentre autorizado por esta Administración podría ocasionar un daño a la salud: al desconocer su origen (lugar y condiciones de elaboración), no puede asegurarse su calidad, seguridad y eficacia y en consecuencia, existe la posibilidad de que contenga sustancias que no logren el efecto deseado y a su vez sean tóxicas o de naturaleza desconocida.
Recomendaciones para la comunidad sobre el uso de alcohol medicinal 96°:
- No utilizar sobre la piel alcoholes que no cumplan con la definición de 'alcohol medicinal'.
- Verificar que el alcohol medicinal 96° sea de venta al público y haya sido elaborado o fraccionado por empresas habilitadas por la ANMAT.
- Revisar que cumpla con los requisitos de etiqueta descriptos más arriba.
- Adquirir el alcohol medicinal en las farmacias.
Para realizar consultas, comunicarse con ANMAT Responde vía responde@anmat.gov.ar