COVID-19: Cuáles son los nuevos criterios para considerar los casos positivos
Los ministros de Salud de todo el país reunidos en el Comité Federal de Salud (Cofesa) establecieron el viernes 21/01 nuevas pautas en relación a la actualización del criterio clínico y epidemiológico para la confirmación de casos de COVID-19.
La Nación y las provincias establecieron que "se clasificará como caso confirmado toda persona que reúna al menos uno de los criterios epidemiológicos y uno de los criterios clínicos establecidos".
Así, se considerará caso confirmado de COVID-19 a:
1 - "toda persona que haya tenido contacto estrecho con un caso confirmado en los últimos 10 días".
2 - A quien haya "participado de un evento o espacio social/laboral en el cual se haya producido al menos 3 casos confirmados (brote)".
3 - "que resida en una zona con muy alta incidencia (superior a 500 casos cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días) y que presente dos o más síntomas (fiebre, tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, vómitos/diarrea/dolor de cabeza/dolor muscular) o pérdida repentina del gusto/olfato".
La Nación y las provincias establecieron que "se clasificará como caso confirmado toda persona que reúna al menos uno de los criterios epidemiológicos y uno de los criterios clínicos establecidos".
Así, se considerará caso confirmado de COVID-19 a:
1 - "toda persona que haya tenido contacto estrecho con un caso confirmado en los últimos 10 días".
2 - A quien haya "participado de un evento o espacio social/laboral en el cual se haya producido al menos 3 casos confirmados (brote)".
3 - "que resida en una zona con muy alta incidencia (superior a 500 casos cada 100 mil habitantes en los últimos 14 días) y que presente dos o más síntomas (fiebre, tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, vómitos/diarrea/dolor de cabeza/dolor muscular) o pérdida repentina del gusto/olfato".